TY - BOOK AU - Garcia Resptrepo, Javier TI - Impuesto de renta: Las grandes falencias del contribuyente T2 - (Ciencias empresariales, Impuestos) SN - 978-958-771-129-5 U1 - 336.2 PY - 2015/// CY - Bogotá PB - Ecoe Ediciones KW - Impuesto a la renta KW - Contabilidad N1 - Incluye: Glosario; Índice de abreviaturas.; Incluye bibliografía N2 - Contiene: Falencia 1: No leer en Estatuto Tributario de acuerdo con las coherencias; Falencia 2: Predicar que todos los dividendos son no constitutivos de renta ni ganancia ocasional; Falencia 3: Solicitar como I.NC.R.N.G. O la indemnización por daño emergente conjuntamente con el costo fiscal del activo siniestrado; Falencia 4: El manejo de la depreciación acumulada e la venta de activos fijos; Falencia 5: Solicitar costos y deducciones que provienen de ingresos; Falencia 6: Compensar pérdidas fiscales que provienen de ingresos no gravados o de costos y deducciones sin causalidad; Falencia7: No tener encuentra la inequidad tributaria cuando se compensan pérdidas fiscales; Falencia 8: Declarar los ingresos como exentos y además solicitar el costo y la deducción atribuibles a la exención; Falencia 9: No tener en cuenta las presunciones tributarias; Falencia 10: No calcular renta por comparación patrimonial; Falencia 11: No tener en cuenta las diversas formas utilizadas por la DIAN para calcular de manera presuntiva el impuesto a la renta de los contribuyentes; Falencia 12: Desconocer tributaria y contablemente el efecto de los ajustes por inflación incluidos en las cuentas de balance; Falencia 13: Desconocer el nuevo horizonte tributario de las personas naturales contenido en el IMAN y el IMAS como alternativas impositivas; Falencia 14: Hacer inversiones inoficiosas para depurar la renta líquida ordinaria sin tener en cuenta el limitante del IMAN; Falencia 15: En presencia del CREE presumir que el impuesto de renta realmente ha disminuido al 25% y que existe un beneficio pleno equivalente al no pago de los aportes parafiscales establecidos en la norma; Falencia 16: No compensar los excesos de utilidades susceptibles de distribuir como no gravadas sobre la utilidad comercial; Falencia 17: No tener en cuenta los impuestos teóricos; Falencia 18: No tener en cuenta los límites y los efectos de los descuentos tributarios (DT) frente a USDNG. ER -